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DISPOSITIVO
Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se homologa el acuerdo alcanzado por las partes en los términos indicados ut supra, en efecto se otorga e imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se declara desistido el Recurso de Apelación, argumentado por el profesional del derecho Egberto Abdón Sánchez Noguera, en su condición de coapoderado judicial de las demandantes, contra la sentencia definitiva, proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en data veintinueve (29) de junio de dos mil quince (2015) con aclaratoria de fecha 30 de junio de 2015, en la causa principal signada con la nomenclatura Nº LP21-L-2014-000230.....