Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Decreta la aprehensión en flagrancia del ciudadano JEANCARLOS ELI VELASQUEZ CERRANO, quien dijo ser venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 19-05-1984, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.902.643, de ocupación mensajero en una venta de repuestos denominado Auto Repuestos Eli, hijo de Eli Velazquez (v) y de Nelsi Cerrano(v), domiciliado en Bubuqui III, casa N° 64, mas arriba del Superbarco Molares, El Vigía, Estado Mérida, por el delito de violencia física, tipificado y sancionado en el Art. 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en concordancia Art. 4 y 5 de dicha Ley, cometido en contra de Yeisi Carloijna Aguiar Quevedo. SEGUNDO. Se otorga a JeanCarlos Eli Velásquez medida cau.....