En virtud de las consideraciones precedentes señaladas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la solicitud del ciudadano RAFAEL MARÍA SANTIAGO YANES, referente a que se conmine al ciudadano ANTONIO RAMÓN SANTIAGO YANES a firmar los documentos de venta de la casa y su Fondo de Comercio, a los ciudadanos ANTONIO JOSÉ CALDERÓN LÓPEZ y SOFÍA RAMÍREZ DE CALDERÓN, y que una vez comprobado por el Tribunal que efectivamente firmó y desalojó el inmueble, se le haga entrega de los cheques de gerencia y cuenta corriente, y se establezca una medida que impida que el ciudadano ANTONIO RAMÓN SANTIAGO YANES, siga utilizando la violencia verbal y física, en contra de sus hermanos; todo de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, correspondiente al acceso a la justicia. Notifíquese al solicitante, al.....