Este Tribunal de Primera Instancia Municipal en funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Admite parcialmente la acusación presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, en contra de los acusados: THAIS NAYARI AVENDAÑO ANGULO, venezolana, cedula de identidad N° 11.221.062, de 51 años de edad, nacida en fecha 29-11-1972, natural de Tovar, estado Mérida, profesión Docente de Aula, residenciado en Urb. ROMULO GALLEGOS, CALLE n° 2 CON Av. N", casa n° 2.23, sector El Paraíso, Municipio Alberto Adriani, estado Mérida, parroquia Rómulo Gallegos, pertenece usted a alguna comunidad Indígena o Afrodescendientes (NO) ha tenido COVID en alguna oportunidad (si), Pertenece usted a una comunidad LGTBQ+,(NO) teléfono 0424-725.67.01, correo tahisaventano11221062@gamail.com; y . WILFREDO RAMON RONDON CONTRERAS, venezolano, cedula de ide.....