este Juzgado de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio Cesar Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la demanda por desalojo incoada por la ciudadana: MARIA TRINIDAD QUIROZ LOBO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.3.962.305, domiciliada en Nueva Bolivia, sector El Latino, Estado Mérida, en contra del ciudadano MAURO ALEXSANDER TORRES LOBO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.8.031.829, domiciliado en Nueva Bolivia, Avenida 4, Miguel Arismendi, casa N°. 11.968,
Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida, en su condición de arrendatario.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de las costas procesales.