Vista la solicitud de demanda de Cánones de Arrendamiento, consignada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, remitida a este órgano jurisdiccional por el Juzgado Quinto de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, incoada por los ciudadanos RAMÓN EMILIO MARQUEZ PAREDES y MARTHA CECILIA MANTILLA DE MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-8.006.956 y V-12.763.706, debidamente asistido por el abogado JOSÉ RENÉ MJÁRQUEZ PAREDES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.065, domiciliado en esta ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida, en contra de los herederos del causante ADRIAN DE JESÚS DUQUE GARCIA, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.345.918. Y por cuanto de la revisión exhaustiva de las actas y recaudos que integran el presente ex.....