este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR de conformidad con los artículos 5, 30, 366, 369, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente la solicitud de pago del aumento de la Obligacion Alimentaría atrasado incoada por la ciudadana MARIA AUXILIADORA PEÑA DUGARTE, ya identificada, contra el ciudadano JESUS LEONARDO NUÑEZ VEGA, igualmente identificado a favor de la niña OMITIR NOMBRES, de seis (06) años de edad. En consecuencia de tal declaratoria se condena al pago de la cantidad de SETECIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON DOCE CENTIMOS (Bs. 710.277,12), cantidad esta que deberá pagar el ciudadano JESUS LEONARDO NUÑEZ VEGA, por concepto del aumento de la obligacion alimentaria vencido y no pagado a la niña OMITIR NOMBRES, de seis (6) años de edad, de la siguiente mane.....