de conformidad con los artículos 762 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara la conversión de la separación de cuerpos existentes entre los cónyuges ciudadanos ZAMBRANO GUILLERMO JHOEL y GUTIERREZ DE ZAMBRANO, SHEYLA EMILET, declarada por este Tribunal según Auto de fecha 10 de septiembre de 2004, en divorcio.
En consecuencia, declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los citados cónyuges, según consta del acta de matrimonio, que fue celebrado por ante la Prefectura de Lagunillas, Municipio Sucre del Estado Mérida, en fecha 06 de abril del 2001, acta Nro. 07, folios 022, 023,024, año 2001.
El Tribunal homologa lo acordado por los cónyuges en el escrito de separación de cuerpos introducido en fecha 10 de septiembre de 2004, que obra a los folios 07 su vuelto del presente expediente. Así se decide.