PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: 1°: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por la abogado BEATRIZ SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, procediendo en su condición de apoderada judicial de la ciudadana KARINA BEATRIZ VILLAMIZAR PORRAS, en contra de la Sociedad mercantil "VALORES, INVERSIONES Y DESARROLLOS OCCIDENTE" (VIDOCA), y se declara parcialmente con lugar, en orden a lo establecido en el particular 3° de la parte dispositiva de este fallo. 2°: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se condena a la parte demandada a efectuar la tradición del inmueble objeto del contrato de compra-venta celebrado entre las partes y que la parte demandada consecuencialmente se le condena a que efectúe el otorgamiento del documento público correspondiente, libre de todo tipo de gravamen hipotecario. 3°: Se niega el pedimento de la parte actora en cuanto a.....