"...este Tribunal Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud formulada de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos Alis Jackeline Paredes de Avendaño y Rafael Antonio Avendaño Guerrero, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cedulas de identidad Nºs. V11.462.573 y V-10.712.683 en su orden, domiciliados la primera en el Sector El Arenal, Urbanización Carlos Gainza, Vía la Joya , calle 2, casa Nº 38 B, Municipio Libertador del Estado Mérida y el segundo en el Valle, sector Arado B, casa s/n Mérida Estado Mérida y Civilmente hábiles. Según matrimonio celebrado por ante el Registro Civil de la Parroquia Arias, Municipio Libertador del Estado Mérida, según a.....