El Tribunal dictó decisión de la siguiente manera: PRIMERO: Se decreta medida cautelar innominada de protección a la producción agropecuaria, presentada por la abogada JHOSSELYN CAROLINA AMAYA FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.456.299, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 120.202, en su carácter de Defensora Pública Agraria Nº 01 de la Extensión de la Unidad de Defensa Pública de El Vigía, Estado Mérida, actuando previo requerimiento expreso de los ciudadanos ANA GABRIELA CARRERO RANGEL, MAITTE KARINA MARQUEZ MORA, FERNANDO JOSE CARRILLO IZARRA, JUVENAL FLORES, ANA TERESA MARQUEZ DE FLORES, JOSE ALCIDO IBARRA CONTRERAS, JOSE NESTOR CHACON, ROSO EMILIO MORA, ALEXIS ALFONSO SUAREZ VALERO, CECILIA SOTO DE DIAZ, JOSE AMABLE DIAZ HERNANDEZ, MARIA DEL ROSARIO TORRES SANCHEZ y JOSE JAVIER GONZALEZ ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-20.141.472, V-19.096.463, V-14.268.26.....