declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por el ciudadano ARECIO MUJICA URBINA, venezolano, mayor de edad, casado, con cédula de ciudadanía Nro. 11.911.226 domiciliado en la ciudad del Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida y reconocida por la ciudadana MARIELA ELISABETH CARMONA RIVAS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro.12.355.344, domiciliada en la ciudad de El Vigía Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida.