Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público, y en tal sentido, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de RAMON ALBERTO CHACON RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.775.539, domiciliado en el Barrio Carlos Andrés, Calle 3, con avenida 2, Casa Nº DDT-79, El Vigía Estado Mérida y LUIS GONZALO GARCIA JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.219.920, domiciliado en el Barrio Carlos Andrés , Sector la Loma, detrás del ambulatorio, casa sin número, El Vigía Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de RIÑA CUERPO A CUERPO, previsto y sancionado en el artículo 427 del Código Penal derogado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318.....