Por las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 02, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, AUTORIZA: a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina para que traslade al penado ARGELINO IBARRA IBARRA, (ya identificado) a la avenida Las Américas, con la finalidad de tocar y cantar en la celebración de la paradura del Niño de la UNEFA, acto a celebrase el día 02-02-09 a partir de las 8: 00 de la mañanaAsí mismo la Dirección de ese Establecimiento Penal se hace responsable de tomar las medidas necesarias en cuanto a la seguridad y traslado del referido penado para los señalados eventos. Remítase Oficio a tal efecto a la Directora del Centro Penitenciario de la Región Andina, con sede en la población de San Juan de Lagunillas, Municipio Sucre, Estado Mérida. Notifíquese a la Fiscal XIII del Min.....