PRIMERO: Se decreta medida de protección a la producción, presentada por el ciudadano ELOY DAVILA SPINETTI, venezolano, mayor de edad, economista y productor agropecuario, titular de la cédula de identidad Nº V-2.459.370, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, en su condición de Vicepresidente de de la Firma Mercantil "DAVILA SPINETTI, C. A. (D. A. S. C. A.), con Registro de Información Fiscal (RIF) Nº J-09029886-0, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida en fecha 02 de agosto de 1989, bajo el Nº 40, Tomo A-1, con domicilio en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, Propietaria de la Finca "LA MORITA", según consta de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Libertador, Estado Mérida, anotado bajo el Nº 13, Tomo Segundo, Protocolo Tercero, Principal y Duplicado de fecha 05 de diciembre de 1989 y posterior documento aclaratorio protocolizado por ante la misma Oficina de Regis.....