Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 3 de julio de 2019, por el abogado de la parte demandada, ALBERTO JOSÉ NAVA PACHECO, contra el acta de la audiencia de juicio dictado en fecha 2 de julio de 2019. Se CONFIRMA el fallo apelado, dictado en fecha 2 de julio de 2019, por el prenombrado Tribunal de Municipios. Se condena a la parte demanda del recurso de apelación de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Acto seguido, La Juez que presidió el acto, advirtió que, por cuanto la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, no establece un lapso para publicar la decisión, de conformidad con el artículo 15 del Código de Procedimiento Civil, de tres (3) días para la publicación del texto íntegro de la sentencia definitiva.