EL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, y en consecuencia, se declara disuelta la unión conyugal existente entre los ciudadanos: YOVANI ALBERTO RUIZ PEREZ y DALIS VIRGINIA ARIAS AGUILAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-8.031.403 y V-10.713.622, respectivamente, domiciliados el primero en la urbanización Alfredo Lara, vereda 1, casa Nº 05, de la ciudad de Ejido y la segunda en la Avenida Las Américas, frente a residencias Don José, casa Nº 8, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábiles, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio EVIN IRAIMA NIETO, titular.....