DECLARA CON LUGAR la acción de PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD, interpuesta por la ciudadana: RENATA PALMIRA PIRRONE BELLI, antes identificada, madre y representante legal de la niña OMITIR NOMBRE, actualmente de tres (3) años de edad, ya identificada, en contra del ciudadano AMABILIS JAVIER PEREZ IBARRA, ya identificado, padre biológico, con fundamento en el literales c) del artículo 352 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 347, 348, 353, 357 eiusdem. Se condena a la parte demandada ciudadano AMABILIS JAVIER PEREZ IBARRA, identificado en autos, al pago de las costas de conformidad con el contenido del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.