Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, efectuada por el ciudadano EDWIN ADELMO FERRER URDANETA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. 11.915.487, domiciliado en la bubuqui III, Parroquia Presidente Páez, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida.
EN CONSECUENCIA: se declara disuelto el vinculo matrimonial existente ente los cónyuges EDWIN ADELMO FERRER URDANETA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. 11.915.487, domiciliado en la bubuqui III, Parroquia Presidente Páez, M.....