Por lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA en contra del imputado ARGENIS REINA SULBARAN, venezolano, de 40 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.364.726, soltero, de profesión obrero, domiciliado en el pinar, tesoro alto, fundo san benito, estado Mérida, hijo Prospero Reina y Maria Digna Sulbarán, obrero, soltero Mérida, por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Vigente, cometido en perjuicio del Orden Público, por cumplirse los requisitos establecidos en los artículos 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Acuerda, a solicit.....