En consecuencia este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara procedente y ordena la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, a los acusados: FERNANDO RAFAEL UZCÁTEGUI MOSQUERA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.199.145, natural de Maracay Estado Aragua, nacido en fecha 23-10- 85, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación u oficio obrero, hijo de Fabio Uzcátegui y de Leida Mosquera, residenciado en la carretera Panamericana, Casa S/N°, frentea la Compañía MRW y la Panadería El Expreso, propiedad de su padre, Caja Seca, Estado Zulia, teléfono 0271-7722612, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previstos y sancionados en los artículos 5 en concordancia con los numerales 2 y 3 del artí.....