Decisiones del dia 07/11/2012
N° Expediente :
LP21-L-2012-000486
N° Sentencia :
122
Fecha: 07/11/2012
Procedimiento: Inadmisibilidad De La Demanda
Partes: MARCO TULIO MONTILLA CONTRA SOCIEDAD MERCANTIL BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A.
Resumen:
Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE LA DEMANDA INTENTADA, por el ciudadano MARCO TULIO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.176.315, en fecha 30 de octubre de 2012, en contra de la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., en la persona de su Vice-Presidente ciudadano IVAN JOSE NAVAS RICO, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
Juez/Ponente:
María Carolina Sánchez
Organo:
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. Extensión Mérida
N° Expediente :
3039
N° Sentencia :
Fecha: 07/11/2012
Procedimiento: Cumplimiento De Contrato De Arrendamiento Por Venc
Partes: DEMANDANTES: FELINA VILLAMIZAR Y ANA VILLAMIZAR DE ANGULO, DEBIDAMENTE ASISTIDAS POR EL ABOGADO EN EJERCICIO LUÍS ALFONSO UZCATEGUI ÁVILA.- DEMANDADO: CIRO MONTES PEREIRA
Resumen:
En el caso en comento la parte actora no aporto pruebas suficientes, que demostrara en modo alguno el cumplimiento de los requisitos de procedencia de la mediada peticionada, y por tanto, el Contrato de Arrendamiento de carácter privado del Inmueble objeto de la controversia, y que fuè presentado en original al expediente, el cual riela a los folios cuatro (04) y cinco (05) e inserto conjuntamente con el libelo de la demanda, no es elemento probatorio suficiente para decretar la medida preventiva solicitada; en razón de ello, quién Juzga ordena a la parte actora, ampliar las pruebas aportadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 601 supra señalado por cuanto el demandante no demuestra el riesgo manifiesto o daño que puede seguir por tardanza en la tramitación del juicio o de que quede ilusoria la ejecución del fallo. Por tal razón, resulta forzoso concluir que la Medida Solicitada no prospera, por cuanto no cumple con la motivación necesaria para cumplir con los extrem.....
Juez/Ponente:
María M Uzcategui
Organo:
Juzgado de los Municipios Campo Elias y Aricagua