Este Tribunal exhorta a la parte actora para que suministre ---mediante diligencia--- dirección donde se encuentren domiciliados tanto la parte actora como la parte demandada, toda vez que en primer lugar, la citación personal de la parte demandada es un requisito esencial en todo proceso judicial, conforme lo consagra los artículos 215 y 218 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 206 y ordinal 2° del artículo 340 eiusdem, en segundo lugar, cuando la falta de citación, el error o fraude en la citación para la contestación de la demanda son causas de invalidación de la sentencia o cualquier otro acto que tenga fuerza de tal, de conformidad con el ordinal 1° del artículo 328 ibidem. Es mas, el artículo 222 del antes citado txto legal, establece prisión de uno a cinco años cuando se determine el delito de forjamiento de la citación.", este Juzgado observa que no se ha cumplido con la formalidad esencial de la citación personal de la demandada supra indicada, es.....