se DECRETA MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, sobre bienes muebles e inmuebles que sean propiedad del demandado ciudadano REHINER ANDRÉS CLEMENTE CONTRERAS, inicialmente identificado, hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 203.429,00), que comprende el doble del monto de la obligación principal mas el monto condenado por concepto de gastos por el protesto del cheque documento fundamental de la demanda. Si el Embargo recayere sobre cantidad liquida de dinero, el mismo solo se ejecutara hasta la cantidad de CIENTO UN MIL SETECIENTOS CATORCE BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 101.714,50), que comprende el monto de las obligaciones anteriormente señaladas. Que en tal virtud, a quien el ejecutante presente este mandamiento de ejecución, se servirá darle el mas estricto cumplimiento, embargara bienes pertenecientes a los ejecutados, hasta cubrir las cantidades de dinero antes mencionadas todo de conformidad con lo establecido.....