De conformidad con lo establecido en el artículo 349, 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), CONDENA a el ciudadano ELVI ALEJANDRA LOBO RAMÍREZ, venezolana, natural de Chachopo, Estado Mérida, nacida en fecha 28/04/1993, de 21 años de edad, estado civil soltero , titular de la cédula de identidad N° 23.726.133, grado de instrucción secundaria, de oficio ayudante de construcción , hija de María Cristina Ramírez (v) y Jesús Ramón Lobo (f) , con domicilio en: Sector Tifafa, casa N° 12, en la entrada del pueblo Teléfono: 0416-7489476, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de La Región Andina (CEPRA), por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, delito este previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte, en concordancia con el artículo 163 numeral 7 de la Ley Orgánica de Drogas, y por aplicación de los artículos 37, 74 del Código Penal y .....