En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LAREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por el ciudadano, JOSÉ GABRIEL AVENDAÑO PARRA, venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº V-10.107.561, domiciliado en la Avenida Universidad, Calle El Ceibo, Pasaje las Mercedes, Casa N° 6-46. Parroquia Milla, Municipio Libertador, de la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, teléfono 0414-7486803, correo electrónico jgabrielap70@gmail.com y civilmente hábil, a través de su apoderado judicial abogado en ejercicio LUÍS ALBERTO RIVAS RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.204.615, insc.....