Capitulo IV
Dispositiva
Por los razonamientos de hecho y de derecho antes señalados, este Tribunal de Primera Instancia Penal Ordinario del Estado Mérida en funciones de Juicio Nº 04, actuando como Tribunal Unipersonal, dicta sentencia ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: ABSUELVE, a la ciudadana SARA BARILLAS NEWMAN (antes identificada), venezolana, natural de Canagua, nacida en fecha 9-02-52 de 56 años de edad, de oficio docente y abogado, de estado civil divorciada, titular de la cédula de identidad Nº 3.940.656, residenciada en El Llanito, La Otra Banda, calle Araya, casa número 0-41; por considerarla no culpable y por ello, inocente de los hechos atribuidos en su acusación por el Abogado Juan Efraín Chacon, quien le atribuía la comisión de los delitos de DIFAMACIÒN E INJURIA CALIFICADA y CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 442 (primer parágrafo aparte) y 444 (primer y s.....