Este TRIBUNAL DE JUICIO Nº 01 SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento, DECIDE: CONDENA al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), como autor de los delitos de LESIONES MENOS GRAVES CALIFICADAS y PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previstos en los artículos 416, en concordancia con el 418 y 277 todos del Código Penal, en armonía con el articulo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos y sancionados en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del ciudadano ABILIO DUGARTE PLAZA,
A CUMPLIR LAS SANCIONES, establecidas en el artículo 620 literales "b" y "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistentes en, PRIMERO: No acercarse ni agredir a la víctima, ni por si, ni por interpuesta persona y de continuar estudiando y trabajando, por el lapso de un (01) año. SEGUNDA: Libertad a.....