en consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en la presente causa a favor del ciudadano PORRAS MUNÓZ BENJAMÍN, Venezolano, mayor de edad, residenciado en la casa Nº 46, La Redoma Urbanización La Trinidad, El Vigía, Estado Mérida, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, que está tipificado y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, cometido en perjuicio de KARLI JOSEFINA PULIDO MÉNDEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° 15.595.5656, natural de El Vigía Estado Mérida, profesión estudiante, residenciada en la Urbanización Buenos Aires, Av. 02, casa Nº 8-44, cerca del seguro social, El Vigía Estado Mérida; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del C.....