De conformidad con lo establecido en el artículo 349, 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), CONDENA al ciudadano YORMAN ARCANGEL PEÑA, venezolano, natural Mérida estado Mérida, nacido en fecha 07/10/1987, de 26 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 19.046.887, con domicilio en: el Paseo de las Ferias, Edificio Coronel, apartamento 1-4, piso 1, teléfono 0274-6570982. Teléfono: 0424-7420955 (Madre). (Recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina), por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO , previsto y sancionado en el artículo 458 encabezamiento y 277 del Código Penal en concordancia del articulo 9 de la ley de Explosivos, en perjuicio de Oscar Leon y Armando Garcia, y por aplicación de los artículos 37, 74 del Código Penal y el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-201.....