Por los razonamientos y fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control No.06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: PRIMERO: Estima acreditada con las actuaciones acompañadas por la Representación Fiscal, anteriormente señaladas en capítulo aparte de este fallo, la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42, en armonía con lo establecido en el numeral 4 del artículo 15, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las ciudadanas RIVAS MARISELA, MIRELLA DEL CARMEN RIVAS, JULIANA RIVAS,. SEGUNDO: Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano JOSE LUIS BRICEÑO ROA, de conformidad con lo establecido en los artículos 93, de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concord.....