PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la partición intentada por los abogados EVER ROLANDO GONZALEZ RODRIGUEZ Y DANIA VANESSA ALVIAREZ DE GONZALEZ, titular de las Cédulas de Identidades Nro. 8.018.135 y 18.798.482 e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 62.419 y 179.124, respectivamente, por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito, quienes actúan en nombre y representación del ciudadano ANGEL DE JESUS LEDEZMA, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad 5.448.302, de este domicilio y hábil según poder que les fuera conferido por ante la Notaria Publica de El Vigía Estado Mérida en fecha 14 de febrero de 2023, quedando asentado bajo el Numero: 12, Tomo: 4, Folios:40 al 42, marcado anexo "A", en nombre y representación de los ciudadanos ANA TILIZA PEÑA DE CARDENAS, MANUEL HUMBERTO CARDENAS CACERES, LEONARDO JIOSE RINCON MANRIQUE, GLADYS NARVEY VIELMA PEÑA, ELVIA MARIA PEÑA RIVAS, ALONSO MARIA UZCATEGUI UZCATEGUI, MARINA VIELMA DE MONSA.....