Este Tribunal de Primera Instancia, en Funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta el archivo de las actuaciones, de la presente causa, conforme a los argumentos de hecho y de derecho antes señalados sobre los hechos ocurridos el día 30-12-2005, y en consecuencia, así se decide con los fundamentos de hecho señalados y de derecho siguientes: artículos 4, 5, 6, 13, 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes de la presente decisión, esto es Fiscal del Ministerio Público, y Víctima. Una vez conste las Boletas de Notificación se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público. Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado de Control N° 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, a los veinticinco (25) dí.....