En consecuencia, este TRIBUNAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 01 DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: ACUERDA: ORDEN DE APREHENSIÓN EN CONTRA DEL IMPUTADO FRANCISCO MUCHACHO ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.329.023 , de 40 años de edad, soltero, domiciliado en Valera, Barrio Caja de Agua, calle principal, casa N° 92, teléfono 0426-9717528, hijo de María Araujo y Leonardo Muchacho, por la presunta comisión del delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 1 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores y HURTO CALIFICADO, conforme a lo establecido en el artículo 453.5 Código Penal Venezolano Vigente. Líbrese los oficios a los órganos de seguridad correspondiente. La presente decisión se fundamenta en los artículos 2, 26, 44, 49 Constitucional; 1, 2, 4, 5, 6, 7, 13, 107, 236, 237 del Código Orgánico Procesal Penal. Notificar a la Fiscalía y a la defensa .....