Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, efectuada por los ciudadanos Hernán Antonio Castillo y Dalia Tibisay Mora Pérez, quienes se identificaron con las cédulas de identidad Nos. V-11.224.958 y V-13.021.559 respectivamente. EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, por virtud del Matrimonio Civil contraído en fecha cinco (05) de Mayo del año mil novecientos noventa y cinco (1.995), por ante el Registro Civil Pulido Méndez del Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, por medio del Acta de M.....