DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Calificación de Flagrancia de conformidad con el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se autoriza para que la presente causa se siga por el Procedimiento Abreviado conforme al Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, para lo cual se acuerda remitir la presente causa en su oportunidad legal al Tribunal de Juicio que por distribución le corresponda conocer. TERCERO: Se Impone a DEIVIS YOEL VIVAS SALAS, venezolano, de 20 años de edad, fecha de nacimiento el 17-04-1988, natural de El Vigía, Estado Mérida, soltero, de ocupación obrero, hijo de Rosa Elia Vivas Salas (v), titular de la cedula de identidad Nro. V_18.637.144.....