De acuerdo con las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda, por Cobro de Bolívares Vía Ejecutiva formulada por el ciudadano GERSON ALEJANDRO MORA CALDERON, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-16.038.344, domiciliado en Tucaní, Municipio Carraciolo Parra y Olmedo del estado Bolivariano de Mérida, asistido por el abogado ANGEL ATILIO CONTRERAS MIRANDA, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad Nº V-4.699.251, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 25.383, contra la ciudadana LISBETH DEL CARMEN RAMIREZ OSORIO, venezolana, mayor de edad, soltera, comercia.....