Este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en sede constitucional, declara en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, lo que sigue:
Primero: Que es Competente para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por la Universidad de Los Andes, contra el auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en la persona de su Juez Abog. Alirio Osorio, al dictar la actuación judicial que ordenó la terminación, cierre y archivo del expediente identificado con la nomenclatura N° LP21-N-2012-000054 conjuntamente con su recurso identificado como N° LP21-R-2013-000145, sin verificar la ejecución de la sentencia N° 70 dictada por el Tribunal Superior, en ese asunto.
Segundo: Inadmisible la Acción de Amparo Constitucional, intentada por la Universidad de Los Andes, por intermedio de.....