En fuerza a las razones de hecho y derecho, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE CONFIRMA el fallo objeto de consulta, de fecha 17 de mayo de 2005, proferida por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede alterna El Vigía, donde se declara Parcialmente Con Lugar la demanda por Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales, interpuesta el 04 de marzo de 2002, ante el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito, del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, por el ciudadano José Gregorio Puentes Molina contra la Alcaldía del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del presente asunto.
Por cuanto la presente decisión fue publicada fuera del lapso le.....