este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, obrando de conformidad con, el artículo 177, parágrafo segundo, literal "k" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y los artículos 822 y 823 del Código Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor del ciudadano RICHARD JESUS CHIRINOS ARAQUE, en su condición de concubino, y el niño SE OMITEN NOMBRES, de siete (07) años de edad, como los Únicos y Universales Herederos, de la Causante ROSA ALBA AVILA VERA, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.470.731. Con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes de la fallecida, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento C.....