DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley, conforme a lo previsto en los artículos 471.1, 473 y 474 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia 438 ejusdem, y con el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, hace los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara CON LUGAR el Recurso de Revisión de Sentencia interpuesto por los Abogados Dorys Uzcategui de Villamizar y Maria Eugenia Pacheco, a favor de los penados NANCY COROMOTO SOLANO CALDERON y ALFREDO SANCHEZ IZARRA, contra la sentencia emitida en fecha contra 21-08-2000, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, que los condenó a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN por la comisión del delito de Ocultamiento, con fines de Distribución de Sust.....