DECISION
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: Primero: Se declara extinguida la acción penal de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal y como consecuencia de ello se decreta el sobreseimiento de la causa según lo establecido en el artículo 318 numeral 3 ejusdem, seguida a el ciudadano FRANCISCO ANDRES CEBALLOS RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.394.871, natural de Tovar, nació en fecha 24/12/1989, de 22 años de edad, agricultor, soltero, hijo de Cira Rondòn y Robert Ceballos, domiciliado en el sector Los Limones, casa Nº 2-40 Tovar Estado Mérida, teléfono: 0416-8707673, quien fue acusado por la comisión del delito de Violencia F.....