DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Calificación de Flagrancia de conformidad con el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se autoriza para que la presente causa se siga por el Procedimiento Ordinario conforme a la Artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se Impone al Imputado JOSÉ LUIS PARRA, quien es venezolano, natural de El Vigía, soltero de 24 años, 19-02-81, hijo de Eugenia del Carmen Parra y Rufino Duarte Molina, titular de edad, titular de la cédula de identidad Nº V. 15.685.326, comerciante, residenciado en el sector "La Playita, calle principal, casa A-15, al lado del Taller de Mecánica, las Medida Cautelar Sus.....