ESTE TRIBUNAL DE CONTROL Nº 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: En aplicación de los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 422 ordinal 2° y 108 ordinal 5° del Código Penal, el sobreseimiento de la presenta causa, seguida a ALEXIS JOSÈ CARRUYO SUAREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.283.514, residenciado en la Urbanización Lago Sur, Avenida Caño Zancudo Nª 194, El Vigía, Estado Mérida, por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES previsto en el artículo 422 ordinal 2° del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano NESTOR LUIS PRIETO, supra identificado SEGUNDO: No realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser necesaria debatir los fundamentos de la solicitud Fiscal, por el transcurso inexorable del tiempo desde que se.....