Por las consideraciones que anteceden, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 numeral 7° ejusdem, y en consecuencia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de: EMMANUEL RODRIGUEZ MARTINEZ, venezolano, de 28 años de edad, soltero, obrero, titular de la cedula de identidad N° 15.594.672, natural de Coloncito, Estado Táchira, nacido en fecha 10-12-1981, hijo de Víctor Rodríguez (v) y Mercedes Martínez (v), residenciado en el Carretera Panamericana, Camellón de los Jiménez, Hacienda El cristo, propiedad del ciudadano Cesar Ron.....