Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procedió a emitir oralmente y en presencia de las partes los siguientes pronunciamientos: UNO: Califica como flagrante la aprehensión de los imputados: YANELIS DEL CARMEN CONTRERAS PAREDES, venezolana, de 28 años de edad, soltera, oficios del hogar, titular de la cedula de identidad Nº 15.357.814, natural de El Vigía Estado Mérida, nacida en fecha 06-12-1982, hija de José Rodrigo Contreras Molina y María Miriam Paredes Hernández, domiciliada en el Kilómetro 49, vía a Santa Bárbara del Zulia, casa sin número, cerca de Caparo, El Vigía Estado Mérida, Tlf. 0424-7464591 y JOEL RODRIGO CONTRERAS PAREDE3S, venezolano, de 30 años de edad, soltero, comerciante, titular de la cedula de identidad Nº 15.357.813, natural de El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 21-11-.....