DISPOSITIVA:
Por lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: 1°) Califica como flagrante la aprehensión de los ciudadanos: : RAMON ALBERTO BARRERA OTALVAREZ, venezolano, de 36 años edad, soltero, de oficio chofer, titular de la cedula de identidad N° 11.224.557, natural El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 30-04-1973, hijo de Ramón Alberto Barrera Navas (v) y María Cristina Barrera Otalvarez (v) residenciado Urb. Carabobo, Calle principal, casa N° 26, El Vigía Estado Mérida, y JOSE GREGORIO BARRERA OTALVAREZ, venezolano, de 33 años edad, soltero, grado de instrucción primer año de ecuación media, de oficio chofer, titular de la cedula de identidad N° 13.021.243, natural El Vigía Estado Mérida, nacido en fecha 14-05-1975, hijo de Ramón Alberto Barrera Navas (v) y María Cristina Barrera Otalva.....