este Tribunal Penal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDO el lapso de ocho (08) meses, de la pena total que cumple el penado: LUIS ANTONIO BARRETO GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° E-81.916.923, detenido en fecha 10/12/1994, hasta la presente fecha 08/02/2006.
QUINTO: Efectuado como ha sido el cómputo por redención de la pena, se observa que el penado: LUIS ANTONIO BARRETO GOMEZ, titular de la cédula de identidad N° E-81.916.923, durante el tiempo de su reclusión ha REDIMIDO: cinco (05) años, tres (03) meses, veinticuatro (24) días y doce (12) horas, que sumados al tiempo de detención efectiva da un total de: once (11) años, un (01) mes y veintinueve (29) días, hacen un total de pena cumplida con redenciones de dieciséis (16) años, cinco (05) meses veintitrés (23) días y doce (.....