Por los razonamientos anteriores este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Sección de Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA LA EXTINCIÓN PENAL POR MUERTE DEL IMPUTADO al hoy occiso, ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA, extinción ésta que se decreta por haberse producido su muerte, todo de conformidad con el artículo 48 ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el 647 y 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión al defensor, representante del adolescente, a la víctima directa y a la Fiscalía Décimo Octava del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Líbrense las respectivas boletas de notificación. Así se decide.----------------------------------------------------------------------------------------
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