En mérito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Accidental de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Primero: CON LUGAR la demanda por reivindicación de un inmueble, incoada por el ciudadano RIGOBERTO ENRIQUE GUILLÉN RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.9.475.461, soltero, estudiante, domiciliado en la ciudad de Mérida y hábil, a través de su apoderada judicial IRIS GUILLÉN, en contra del ciudadano ARMANDO ANTONIO FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.093.353, domiciliado en la calle El Araguaney, casa signada con el No.0-51, del Sector El Rosal, parte baja de la población de San Rafael de Tabay, en jurisdicción del Municipio Santos Marquina del Estado Mérida. En consecuencia, se ordena la entrega inmediata del inmueble para habitación .....